“La credibilidad lo es todo, las marcas e industrias
no sólo son apariencias, se sustentan con acciones”
En el mundo de la disrupción digital, ha pasado de todo; desde la normalización en el uso de plataformas digitales para comercializar y adquirir productos y servicios, hasta la aplicación de criptomonedas tendiendo a erradicar el dinero físico tal y como lo conocemos.
Internet y emprendimiento digital
La UIT calcula que, a finales de 2019, el 57% de los hogares de todo el mundo tendrán acceso a Internet. Pese a ello, se espera que el número de hogares con computadora solo suba 1 punto porcentual aproximadamente, hasta el 49,7%, entre 2018 y 2019.
La ralentización del crecimiento de la propiedad de computadoras en los hogares se explica por el hecho de que en muchos países, ya no se necesitan estos equipos para acceder a Internet en el hogar; puesto que las personas simplemente se conectan a través de sus teléfonos inteligentes.
Esto ha generado en el emprendimiento digital un área de oportunidad gigante, pensando diferente, lo cual no quiere decir que se tenga que generar un unicornio, sino el utilizar herramientas modestas, pero de impacto como lo son las redes sociales.
Sin embargo, no malinterpretemos la conceptualización de la innovación tecnológica como la panacea, ya que estaríamos cayendo en el mundo de la fantasía –donde todo parece perfecto para nosotros, pero perjudicial para los demás. Pero realmente se producen faltas éticas y en el asumo de responsabilidad por nuestras opciones de venta digital engañosas o de startups que son generadoras del “cambio total de la realidad”.
Por tanto, en este artículo, en dos partes, hablaremos de la ética y la responsabilidad en la era digital, al conocer sobre el comercio electrónico, de los derechos de consumidor, al igual que el objetivo ético de la tecnológica evitando la discriminación algorítmica.
¿Qué es el comercio electrónico?
Bueno, debemos entenderlo como la distribución, venta, compra, marketing y suministro de información de productos o servicios a través de Internet. Aunque anteriormente se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios electrónicos, como por ejemplo el intercambio electrónico de datos.
Además de manera amplia, podemos conocer el tema del comercio electrónico según la Dirección General de Estadísticas de Canadá (2016) como todas las ventas de bienes y servicios en las que el pedido se recibe a través de Internet y el compromiso de compra se adquiere también a través de ésta, aunque el pago puede efectuarse por otros medios.
Especifica además que esta definición incluye los pedidos realizados por Internet, a través de una extranet o a través de EDI, y excluye los pedidos realizados por teléfono, fax o correo electrónico.
Ahora hablemos de uno de los temas que hace a cualquier industria poner los pies sobre la tierra, más allá de sus aires de éxito; el respeto y cumplimiento de los derechos del consumidor digital.
¿Cuáles son los derechos del consumidor digital?
Recordemos que desde abril de 1998, el Comité de Política del Consumidor de la OCDE inició el desarrollo de un conjunto de lineamientos generales para proteger a los consumidores en el comercio electrónico, sin crear barreras al comercio.
La OCDE recomendó a las empresas lo siguiente:
- No realizar ninguna práctica que resulte falsa, engañosa, fraudulenta o desleal.
- Las empresas dedicadas a la venta, promoción o comercialización de bienes o servicios, no deben llevar a cabo prácticas comerciales que pudieran provocar riesgos en perjuicio de los consumidores.
- Siempre que publiquen información sobre ellas mismas o sobre los bienes o servicios que ofrecen, deben presentarla de manera clara, visible, precisa y fácilmente accesible.
- Cumplir con cualquier declaración que hagan respecto a sus políticas y prácticas relacionadas con sus transacciones con consumidores.
- Tomar en cuenta la naturaleza global del comercio electrónico y en lo posible, considerar las diferentes características de las regulaciones de los mercados a los que dirigen sus ofertas.
- No deben aprovecharse de las características especiales del comercio electrónico para ocultar su verdadera identidad o ubicación, o para evadir el cumplimiento de las normas de protección al consumidor o los mecanismos de aplicación de dichas normas.
- No utilizar términos contractuales desleales.
- La publicidad y la mercadotecnia deben identificar a la empresa en cuyo nombre se realizan, cuando no se cumpla este requisito se consideran engañosas.
- Desarrollar e implementar procedimientos efectivos y fáciles de usar, que permitan a los consumidores manifestar su decisión de recibir o rehusar mensajes comerciales no solicitados por medio del correo electrónico.
- Cuando los consumidores manifiesten que no desean recibir mensajes comerciales por correo electrónico, tal decisión debe ser respetada. En algunos países, los mensajes de información comercial no solicitada por correo electrónico, están sujetos a requerimientos legales o autorregulatorios específicos.
- Los empresarios deben tener especial cuidado con la publicidad o mercadotecnia dirigida a los niños, a los ancianos, a los enfermos graves, y a otros grupos que probablemente no tengan la capacidad para comprender cabalmente la información que se les presenta.
Ahora bien…
Nuestro país en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), a través de la Dirección General de Estudios sobre Consumo, realiza desde 2004 el “Monitoreo de Tiendas Virtuales”. Este programa tiene por objeto revisar que los sitios mexicanos que comercializan sus productos y/o servicios a través de internet cuenten con los elementos dispuestos en el artículo 76 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).
En base a la ley se verifica que los sitios que comercialicen en línea, el famoso e-commerse cumpla con algunos puntos como el tener: política de privacidad, seguridad de datos personales y financieros, domicilio físico, número de teléfono fijo, formas de pago, condiciones de envío, devolución o cambio, etcétera. En el siguiente artículo hablaremos sobre lo que significa la discriminación algorítmica en el emprendimiento digital, aunaremos más en la ética y su valor y finalmente, las posibilidades de un nuevo paradigma en torno a este tema.